Wednesday, March 27

Así te afectará el límite de subida del 2% de los alquileres


Madrid
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Los alquileres ocuparán un lugar central en el plan de choque que aprobará este martes el Gobierno para hacer frente a la crisis económica derivada de la invasión de Ucrania. El Gobierno limitará las subidas de los precios al 2%, una medida que afectará tanto a los pequeños como a los grandes propietarios. Estas son las claves de la iniciativa que ha planteado el Ejecutivo.

¿A qué contratos afectan los límites?

La medida del Gobierno establece que desde que entre en vigor el decreto (este miércoles o este jueves) hasta el 30 de junio los alquileres no podrán subir más de un 2%. Los
caseros solo pueden subir el alquiler durante la revisión anual del contrato y con la medida del Gobierno estas subidas quedan limitadas siempre y cuando el contrato en cuestión esté referenciado al IPC, algo que ocurre según fuentes del sector en el 90% de los casos.

¿Cómo articulará este cambio el Gobierno?

El Ejecutivo no cambiará la ley de arrendamientos urbanos, sino que aplicará una excepción temporal a la norma. La ley establece que la subida máxima del alquiler debe estar vinculada al IPC, pero a partir de ahora estarán ligadas al Índice de Garantía de Competitividad (IGC). Una estadística que mide otros factores además de los precios y que no puede subir más del 2%.

¿Me afecta la medida si soy un pequeño propietario?

Sí. En este caso, la limitación no solo afecta a los grandes caseros, sino a todos. Los fondos y bancos de inversión están abocados por imperativo legal a aplicar la subida del 2%, aunque también pueden aplicar un incremento menor si así lo acuerdan con sus inquilinos. Los
pequeños caseros se encuentran en una situación similar. Es cierto que en su caso prevalece la negociación con el inquilino, pero si finalmente esta fracasa, el inquilino les podrá exigir que la subida no supere el 2%.

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¿Qué pedía Unidas Podemos?

La medida ha sido impulsada por el Ministerio de Transportes. El departamento de Derechos Sociales, con Ione Belarra a la cabeza, reclamaba una congelación de los alquileres. Finalmente el Gobierno ha optado por limitarlos al 2% en lugar de vetar cualquier tipo de subida.

¿Afectará también a los locales comerciales?

No. Esta medida en concreto solo afecta a los contratos de viviendas. Los contratos de locales dependen del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y este, por el momento, no ha aprobado ninguna medida de este estilo.

¿La medida se aplicará de forma retroactiva en los contratos revisados en los meses anteriores?

No. En principio el Gobierno descarta que los inquilinos a los que haya tocado revisar el contrato en los meses precedentes a la entrada de la norma puedan pedir la rebaja. De la medida se aprovecharán aquellos contratos que tengan que revisarse conforme al IPC desde la publicación en el BOE de la norma y hasta el 30 de junio del presente año.

¿Qué pasará con los contratos a los que toque la revisión anual del IPC a partir del 30 de junio?

En principio, a partir del uno de julio, volverán a verse afectados por la evolución anual del IPC, aunque el Gobierno no descarta que la medida se prorrogue hasta final de año.

¿Por qué se acomete ahora la medida?

El Gobierno ha decidido dar el paso, tras varios meses en los que el IPC se ha desbocado. La guerra de Ucrania ha sido la puntilla, pero los precios ya venían disparándose desde el verano pasado. Solo en el mes de febrero, con la subida del 7,4% del IPC adelantado, (posteriormente revisado al 7,6%), los contratos se dispararon de media en España alrededor de 617 euros anuales, según el portal inmobiliario Idealista. Una subida, que se reflejó con mayor rotundidad en las grandes capitales: en San Sebastián y Barcelona, el IPC los encareció 755 euros más y en Madrid 728 euros.

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Así, en el caso de un contrato de arrendamiento de vivienda de 600 euros, la aplicación de la nueva medida podría suponer un ahorro de más de 33 euros mensuales en el pago del alquiler ya que, actualmente, el Índice de Precios al Consumo (IPC) se encuentra situado, según el último dato del pasado mes de febrero publicado por el Instituto Nacional de Estadística, en el 7,6%, por lo que su aplicación supondría un incremento de 45,60 euros en la renta mensual, mientras que la aplicación del nuevo máximo, marcado por el Índice de Garantía de Competitividad en el 2%, determinaría un incremento de 12 euros en la renta mensual.

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