Thursday, March 28

¿dónde es obligatoria y dónde no?


Nuria Ramírez de Castro

Madrid
Actualizado:

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Desde este miércoles ya no será obligatorio cubrirse la nariz y la boca para entrar en un recinto cerrado. Solo
se exigirá en tres situaciones: al viajar en transporte público, visitar un establecimiento o centro sanitario (centros de salud, hospitales, farmacias…), residencias de mayores y otros centros sociosanitarios o instituciones cerradas como las prisiones. En estos supuestos, el Gobierno considera que «se puede producir un impacto mayor en caso de transmisión». En el resto de espacios públicos cerrados ya nadie estará obligado a llevarla. Ni en centros comerciales, ni en supermercados ni en gimnasios o en cines… Sí se aconseja, aunque no sea obligatorio, que los mayores de 60 años, enfermos de riesgo y embarazadas se protejan con mascarilla cuando acudan a lugares donde haya una mayor acumulación de personas.

Pero el decreto deja también en el aire algunas situaciones, como su uso en el
interior de las empresas. Serán los servicios de prevención de riesgos laborales los que tengan la última palabra, aunque el decreto no considera obligatorio llevarla en los centros de trabajo.

Así que, ante la duda, lo mejor es llevar la mascarilla en el bolsillo. Estos son los cambios que vienen y las dudas que deja el nuevo manual de uso de mascarillas del Gobierno:

¿Debo ponerme la mascarilla si no estoy enfermo cuando acompaño a un familiar al hospital?

La mascarilla será de uso obligatorio en los centros y establecimientos sanitarios. Esto significa que hay que ponérsela estemos o no enfermos (con covid o sin él) para entrar en un hospital, un centro de salud, una clínica, acudir al fisioterapia, un centro de transfusión, al dentista o para comprar un fármaco en una farmacia. Se entiende que en estas instalaciones pueden acudir con más frecuencia personas vulnerables. Trabajadores y visitantes deberán llevarla de forma obligatoria.

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¿Y si estoy ingresado también? ¿y mi acompañante?

Los enfermos ingresados solo deberán llevarla cuando estén en zonas comunes, no en su habitación. Se entiende que el acompañante de la persona hospitalizada no tendrá que llevarla mientras permanezca en el interior de la habitación, salvo que haya más enfermos. Estos casos no están detallados, de manera que los centros sanitarios establecerán las normas.

¿En el vagón del metro sí, pero en el andén no? ¿Y en la terminal del aeropuerto?

Como regla general habrá que utilizar la mascarilla cuando nos montemos en el vehículo para realizar el trayecto. Ya sea avión, autobús, tren, barco o teleférico. En estos casos no hay ninguna excepción. Ni para usuarios ni para trabajadores, aunque solo durante el viaje. Pero no será necesario taparse la nariz y la boca mientras esperemos a montarnos en la estación, andén o terminal. Solo se exigirá durante el trayecto. También será obligatorio en taxi o servicios VTC, tipo Uber o Cabify. «Será obligatorio llevar mascarilla en transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio», reza el decreto. En espacios cerrados de embarcaciones cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad, salvo grupos de convivientes.

En el trabajo no es obligatorio, ¿me puede obligar mi jefe a llevarla?

La respuesta rápida es sí, pero tendrá que estar muy justificado el riesgo. La nueva legislación que entra este miércoles en vigor insiste en que la norma general es no llevarla, aunque deja en manos de los servicios de prevención de riesgos laborales la decisión última. La recomendación es ponérsela «siempre que el trabajo deba realizarse a distancia interpersonal de menos de 1,5 metros y no pueda garantizarse la ventilación adecuada al espacio».

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¿Los empleados que trabajen de cara al público deben llevarla? ¿Y los clientes?

Será contradictorio, aunque podría ocurrir que una empresa como Mercadona o El Corte Inglés impusiera a sus empleados su uso aunque los clientes no lo lleven. Algunas de las principales empresas consultadas por este periódico han dicho que se pronunciarán una vez que el decreto se publique este miércoles en el BOE para decidir. Pero esta es una posibilidad. Cada empresa podrá tomar su propia decisión con sus empleados, solo con ellos. Sin embargo, un comercio, salvo que sea una farmacia o un establecimiento sanitario, o un restaurante no podrá exigirle a sus clientes que se la pongan.

¿Mi padre tiene que ponérsela si vive en una residencia de mayores? ¿Y si solo acude a un centro de día?

Las residencias de mayores se consideran un centro con alto riesgo de transmisión del Covid, pero los residentes no estarán obligados a llevarla porque se entiende que es su domicilio habitual. Sí tendrán que ponérsela los trabajadores del centro y los visitantes. Los centros de día de mayores se consideran establecimientos sanitarios y sí tendrían que llevar la mascarilla tanto trabajadores como visitantes porque son los que más posibilidades tienen de introducir el virus.

¿Y en centros de logopedia y asociaciones de enfermos?

Cualquier paciente que acude a cualquier tratamiento estará obligado a llevarlo, esté o no esté enfermo. Al igual que sus acompañantes y profesionales que trabajen en las instalaciones.

¿En las aulas hay alguna excepción?

Nadie está obligado, a ninguna edad. Ni profesores ni alumnos. El Ministerio de Sanidad considera que en la situación actual retirar la mascarilla solo trae beneficios a los alumnos en todas las etapas educativas. Los profesores tampoco tienen que llevarla, salvo por decisión propia. El Gobierno recomienda hacer uso responsable de la mascarilla a las personas mayores de 60 años o enfermos de riesgo y esto mismo es lo que rige par los profesores. Solo si se consideran en riesgo o desean protegerse.

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¿En las universidades tampoco será necesario?

No será obligatorio, aunque algunos centros universitarios están sopesando recomendar a sus alumnos seguir llevándola. Ante la duda, algunas universidades como la Autónoma de Madrid han pedido a sus estudiantes que la lleven en el bolsillo por si deciden finalmente pedir su utilización.

¿Por fin cines, fútbol y conciertos sin mascarilla, sea cual sea el aforo?

No importa el aforo. El Gobierno nos da luz verde para quitarnos la mascarilla en todos los espacios cerrados por donde deambulamos, como los comercios (tiendas, grandes centros comerciales), los museos, cines, teatros y grandes estadios deportivos. Se insiste, eso sí, en el uso responsable en estos espacios cerrados en los que se está sin comer ni beber. Ese «uso responsable» significa que las personas vulnerables la lleven, así como aquellos que tienen síntomas de Covid o creen que han podido contagiarse.

Fin al ‘teatro’ de los restaurantes y bares

El nuevo manual de uso pone fin al paripé que hemos mantenido durante toda la pandemia. Esa norma absurda que te obligaba a llevar la mascarilla para cruzar el umbral de un bar o un restaurante y quitártela en el mismo instante en que te servían la bebida o la comida. Ya no será obligatoria llevarla en ningún momento, tampoco en las discotecas. Aunque el Gobierno insiste de nuevo en hacer un uso responsable de ella, tal y como aconseja en cines, centros comerciales o salas de concierto.

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