Wednesday, April 17

Los juristas desarman la estrategia del Govern contra el 25% de castellano en las aulas


Barcelona
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El Gobierno catalán ya ha destapado sus cartas sobre cómo piensa responder a la sentencia de diciembre de 2020 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que le obliga de forma ineludible a impartir al menos un 25 por ciento más de castellano en todas las aulas. En un escrito elevado al TSJC, el departamento de Educación expuso el pasado viernes –último día de plazo que tenía para ejecutar voluntariamente la resolución– la artillería legislativa con la que pretende no responder al fallo sino, según expone literal el redactado, «reforzar el modelo de escuela catalana» y «conseguir más presencia del catalán en los próximos cursos».

¿Cómo pretende hacerlo? Por un lado, con un decreto que modificará el título II de la Ley de Educación de Cataluña (LEC) con el objeto de reforzar el
actual modelo lingüístico en catalán y dotar de mayor seguridad a los proyectos lingüísticos de los centros; y por otro, cambiando la Ley de Política Lingüística de 1998 a través de una proposición de ley acordada por PSC, ERC y los comunes –Junts se descolgó a las pocas horas del anuncio–, para que se reconozca por primera vez el papel del castellano como lengua de uso en la enseñanza, pero dejando en manos de los centros la responsabilidad de fijar la presencia curricular de las dos lenguas oficiales.

Escaso recorrido legal

Juristas consultados por
ABC coinciden en que las acciones anunciadas por el departamento de Educación son solo «papel mojado», iniciativas con escaso recorrido legal, y que el fallo «es firme y debe cumplirse».

Advierten, además, de las posibles consecuencias que pueden derivar para los responsables de
los centros si no acatan el dictado judicial. «Ni el anuncio de un nuevo decreto en desarrollo de la LEC ni una modificación de la Ley de Política Lingüística son cumplimiento de la sentencia del TSJC. La única manera de acatarla es que en los más de dos mil centros educativos de Cataluña al menos un 25 por ciento de la docencia se imparta en castellano», aclara a ABC Rafael Arenas, catedrático de Derecho Internacional privado en la Universidad Autónoma de Barcelona. A su entender, las dos acciones que ha desplegado la Generalitat, aunque se conviertan en normas vigentes, «no afectarán a la ejecución de la sentencia». «En el caso de la proposición de ley de reforma de la Ley de Política Lingüística –añade–, la incidencia que tendrá, si el texto que se aprueba es el que conocemos, es que cada centro será el responsable de garantizar una presencia de castellano que se ajuste a las exigencias constitucionales, pero no cambia sustancialmente el panorama actual».

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El abogado Jose Domingo, presidente de Impulso Ciudadano (IC), coincide con Arenas en que la doble estrategia del Govern no tiene recorrido legal. «El único recorrido posible es que estas disposiciones garanticen a todos los alumnos un mínimo del 25 por ciento de enseñanza en castellano y en catalán. No hay otra salida», subraya. Aclara, asimismo, que «la proposición no dice que el castellano sea lengua vehicular; delega en los proyectos lingüísticos de los centros educativos la posibilidad de enseñar en castellano. Si se quiere cumplir la sentencia
a través de una ley, es imprescindible que fije porcentajes lingüísticos».

Carlos Flores Juberías, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Valencia, coincide con Domingo en la falta de solidez jurídica de las propuestas. «Si la idea de abrir un proceso participativo de consulta pública para elaborar un decreto me parece peregrina, la pretensión de que un simple decreto dé ‘blindaje legal’ al actual modelo lingüístico me parece verdaderamente estrambótica. Y la de hacerlo mediante una reforma de la LEC, completamente improcedente. Si, como todo indica, la pretensión última de la Generalitat es la total exclusión del castellano como lengua vehicular de la enseñanza, ello chocará tanto con la Constitución como con su propio Estatuto», señala en declaraciones a ABC. Asu juicio, la estrategia del Govern no es otra que «ganar tiempo, y distraer la atención de la opinión pública».

Por su parte, el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Abat Oliba CEU, Pablo Nuevo, considera que el decreto anunciado por el Govern «quiere evitar el incumplimiento del fallo y seguir hurtando a los niños su posibilidad de tener más castellano en la enseñanza haciéndolo de tal modo que no queda claro quién es el responsable del incumplimiento». Tampoco la propuesta de modificación de la Ley de Política Lingüística resuelve nada a su entender. «Tiene algo de trampa» , añade, ya que, por un lado establece la vehicularidad del castellano, pero por otro deja en manos de los centros la responsabilidad de concretar la presencia de esta lengua en el currículo. «Esta iniciativa lo que pretende no es el cumplimiento sino el ‘cumplir’ y ‘miento’, es decir, aparentar un cumplimiento pero, eso sí, trasladar la responsabilidad a los padres de reclamar y a los centros de cumplir», denuncia el jurista.

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Las entidades, legitimadas

Los expertos tienen claro que las entidades que defienden los derechos de los castellanohablantes, las familias a nivel individual o las plataformas que les representan, «están legitimadas» para pedir la ejecución de la sentencia.

«La ley habilita a todas las personas afectadas, sean jurídicas o físicas, para solicitar la ejecución de las sentencias que les afecten», defiende José Domingo. Lo mismo opinan Carlos Flores y Rafael Arenas. «La legitimación se extiende a quien tiene un interés legítimo y, a mi juicio, una asociación que tiene como uno de sus objetivos estatutarios la defensa del bilingüismo tiene, obviamente, un interés en conseguir que la sentencia se ejecute», arguye este último.

Los expertos en derecho advierten, por otro lado, de las consecuencias penales que pueden tener para los directores de los centros el incumplimiento de una sentencia firme. «El gesto del departamento anunciando que va a saltar valerosamente al ruedo para que el toro de la Justicia le embista a él y deje en paz a sus pobres subalternos no es sino una bravuconada, digna de mejor causa», aclara Flores. «Pueden incurrir en prevaricación administrativa. La pena de este delito es de nueve a quince años de inhabilitación especial», arguye el presidente de IC.

Los juristas recuerdan que se ha agotado el plazo y el Govern no ha dado respuesta ante el tribunal sobre cómo piensa aplicar el fallo. Tampoco ha dado una orden directa a los centros. «El hecho de que se esté elaborando una reforma normativa no es excusa para no cumplir con la sentencia», dice Arenas. El TSJC, por su parte, no puede actuar de oficio y reclamar directamente al Govern el cumplimiento del fallo. La Abogacía del Estado no está por la labor. La pelota está ahora en el tejado de las entidades, que esta semana se lanzarán en tromba a reclamar la ejecución.

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